Con reserva de alguna modificación por parte de la cámara de senadores; la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó este lunes en lo general la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) sin modificaciones sustantivas. Posteriormente, el 13 de octubre se discutió en el pleno, donde la bancada oficialista centró sus argumentos en los beneficios para los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), dejando en segundo plano las afectaciones derivadas de cambios relevantes, como la adición del Capítulo X del Título II, que limita deducciones y el uso de pérdidas fiscales.
Recordando el texto de las propuestas en este capítulo, para las personas morales que obtengan ingresos superiores a 50 MDP y:
¿Qué medidas se pueden tomar?
Con dos meses y medio restantes antes del cierre del ejercicio fiscal, se cuenta con el tiempo preciso de hacer las correcciones necesarias; es decir:
En el caso de las pérdidas fiscales, la limitación en su uso será del 50 % de la utilidad fiscal con el objetivo de asegurar un pago mínimo de los contribuyentes para financiar a la hacienda pública en el corto plazo.
No dejamos de mencionar, que aún es una reforma en discusión en la que falta la participación de la cámara de senadores y la aprobación de la titular del Ejecutivo Federal; cuya fecha objetivo es la primera semana de noviembre. Para ajustar la estrategia que le sea más favorable, le invitamos aponerse en contacto con nuestros especialistas en materia fiscal para que el próximo año no esté lleno de complicaciones en sus operaciones.
